Convocatoria Medalla Institucional
"María Trinidad Enríquez Ladrón de Guevara"
Con motivo de la conmemoración del Día del Abogado este 2 de abril, y en estricta concordancia con los principios que rigen a nuestra Orden Profesional, el Ilustre Colegio de Abogados del Cusco pone en conocimiento de sus agremiados el Reglamento de Condecoración y Entrega de la Medalla «María Trinidad Enríquez». Esta distinción constituye el máximo reconocimiento institucional a la trayectoria y vocación de servicio de nuestros miembros, buscando enaltecer ante el país la trascendental labor de la abogacía y su profundo impacto en la sociedad.
MEDALLA INSTITUCIONAL
Es la máxima distinción otorgada a abogados de reconocida trayectoria profesional y social que posean méritos sobresalientes a nivel regional, nacional e internacional, asimismo, contar con una trayectoria de probidad personal y profesional intachable.
Su imposición se da mediante convocatoria pública, en la modalidad de propuesta hecha por tercero, de forma que la población o los mismos agremiados de la presente Orden Profesional postulen a los candidatos.
Objetivo
El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas, requisitos y procedimientos para el otorgamiento de la máxima condecoración del Ilustre Colegio de Abogados del Cusco María Trinidad Enríquez, en reconocimiento a la trayectoria profesional, méritos sobresalientes y servicios prestados a la institución y/o a la sociedad por parte de un agremiado destacado.
Requisitos
El agremiado postulado debe cumplir con:
- Tener más de 10 años como agremiado de la presente orden profesional
- Estar en condición de habilitado en el sistema del ICAC y acorde al estatuto.
- Ser agremiado con vida institucional activa.
- No haber sido pasible de sanciones disciplinarias por los órganos deontológicos del Colegio.
- No tener procesos en contra, sean penales, civiles o administrativos en trámite o con sentencia.
- Gozar de una conducta intachable de respeto, consideración a los miembros de la orden, patrocinados, magistrados y ciudadanía en general, tanto en el desempeño de la profesión como fuera de ella, en su vida cotidiana y respeto a los principios generales del derecho, la ley, estatuto, códigos de ética y
reglamentos de nuestra orden. - Tener reconocida trayectoria profesional sustentada con documentos corroborables
Cronograma y Fecha de postulación
El proceso de postulación se iniciará con una anticipación no menor a 45 días calendarios previo a las fechas solemnes de entrega establecidas en el artículo 9 del presente reglamento. Los documentos deberán ser presentados por mesa de partes ya sea en físico y/o virtual dentro del plazo establecido.
El cronograma deberá garantizar que el proceso de postulación culmine quince días antes de la ceremonia programada, con el fin de permitir una revisión exhaustiva de los documentos presentados.
Formato de presentación
La documentación deberá ser presentada en los plazos correspondientes y establecidos en la publicación oficial en las redes institucionales de la Orden Profesional, asimismo, estos deben ser presentados:
- En formato PDF en caso sea remitido vía mesa de partes virtual;
- Los documentos presentados deben estar correctamente foliados(desde la primera página a la última en el orden numérico 1., 2.,3., …; dicho foliado deberá encontrarse en la parte superior derecha;
- Los documentos deberán contar con el siguiente contenido y orden (Caratula de presentación, Currículum descriptivo de la trayectoria profesional, logros académicos, sociales e institucionales, y condecoraciones);
- Declaración Jurada de no tener deudas o sanciones en la presente Orden Profesional;
- Declaración Jurada de no tener procedimientos penales, civil eso administrativos en contra.
- Declaración Jurada de no tener antecedentes judiciales por delito doloso;
- Declaración jurada de no estar registrado en el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional (RNAS);
Entrega de Medalla
La fecha establecida para la entrega del galardón María Trinidad Enríquez será el día 02 de abril (día del abogado) acorde a lo establecido en el artículo 129 del Estatuto del ICAC, o en su defecto en el aniversario del Ilustre Colegio de Abogados del Cusco.