Reglamento del Programa de Bienestar Social del ICAC

El Ilustre Colegio de Abogados del Cusco (ICAC) ha aprobado el Reglamento del Programa de Bienestar Social, con el objetivo de brindar apoyo económico y beneficios sociales a sus agremiados y sus familias ante situaciones de necesidad o contingencia.

Este programa forma parte del compromiso institucional del ICAC con la salud, bienestar y protección social de sus miembros.

¿Qué beneficios ofrece el Programa?

El ICAC otorga las siguientes prestaciones:

Subsidios económicos (S/ 500.00)

  • Subsidio por fallecimiento

  • Subsidio por enfermedad incapacitante

  • Subsidio por maternidad y/o paternidad

Beneficios adicionales

  • Uso gratuito del local institucional para velatorio (según disponibilidad).

  • Acceso a nicho por 20 años en el Cementerio de Almudena (previo pago único aprobado por el Consejo Directivo).

  • Descuentos en clínicas y centros de salud con convenio vigente con el ICAC.

Requisitos generales

  • Ser miembro activo del ICAC.

  • No tener deudas mayores a un año.

  • Presentar la solicitud dentro de los 30 días hábiles de ocurrido el hecho.

  • Adjuntar la documentación que sustente el beneficio solicitado.

¿Cómo se solicita el beneficio?

  1. El abogado o sus familiares presentan la solicitud con los documentos correspondientes.

  2. La Dirección de Bienestar Social evalúa el pedido (o el área correspondiente).

  3. En un plazo de 3 días hábiles se emite un informe.

  4. Decanatura aprueba el beneficio mediante resolución.

En caso de denegatoria, el solicitante puede apelar ante el Consejo Directivo dentro de 5 días hábiles.

Consideraciones importantes

  • El subsidio por enfermedad requiere acreditar incapacidad profesional por al menos 30 días.

  • El subsidio por fallecimiento se otorga a los beneficiarios designados o herederos acreditados.

  • El uso del local para velatorio cubre únicamente el espacio físico por un día.

  • El monto del nicho es fijado por el Consejo Directivo al inicio de cada gestión.

Este reglamento fue aprobado mediante Resolución de Decanatura N.º 062-2026-ICAC-D y se encuentra vigente desde febrero de 2026.

Para mayor información, los agremiados pueden comunicarse con la Dirección de Bienestar Social o apersonarse a la sede del ICAC ubicado en la Urb. La Planicie E-18,19 y 20, Cachimayo, San Sebastián.